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Reagrupación familiar
REAGRUPACION FAMILIAR
Mediante la reagrupación familiar los extranjeros residentes legales en España, podrán solicitar que se reúnan con ellos sus familiares.
¿A quién puede reagrupar?
Su cónyuge
Sus hijos o los de su cónyuge, incluido los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o estén incapacitados, y no estén casados
Los menores de 18 años o incapaces cuando el residente legal extranjero sea su representante legal.
Sus ascendientes o los de su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.
Requisitos básicos:
Que el extranjero residente legal en España haya renovado su permiso de residencia, y éste tenga una validez mínima de un año.
Que disponga de un alojamiento suficiente para sí mismo y para su familia.
Que disponga de medios económicos suficientes para sí mismo y para su familia.